01 abril 2008

Ernie, estás con roche (01/04)

¿A ustedes no les suena condenable que alguien sea juez y parte en un proceso? ¿Que alguien que esté defendiendo a una persona termine prácticamente indultándola en virtud de que llegó a un puesto público (miembro de la Comisión de Indultos) que le posibilitaba hacer eso? ¿No se ve como borrosamente ético, como que se está abusando de un cargo público, como que hay un conflicto de intereses, como que merece una investigación judicial? ¿No es clarísimo? Pues, bueno, eso fue lo que sucedió con el señor Ernesto de la Jara, del IDL. Y por denunciar eso hemos caído en sus santas e indignadas iras, que vienen acompañadas del show de costumbre de presentarse como una víctima de alguna campaña infame y vincular con el fujimorismo a cualquier crítica que se le haga. Entendible, pues su defensa es endeble. Primero se escuda en la actuación del sacerdote Lanssiers, pero olvida el pequeño detalle de que el fallecido religioso no fue un abogado directo de alguien, como sí lo fue él. Luego alega que sus defendidos eran unos inocentes victimizados. Aun si asumimos el probable hecho de que sus defendidos eran la Madre Teresa y cía, eso no tiene nada que ver con el hecho medular: es muy cuestionable que quien defiende a una persona pase a tener un rol protagónico en su indulto. Tampoco tiene nada que ver que la defensa haya sido gratuita. Que sus defendidos sean unos santos corderos o gente andina y pobre o que no les haya cobrado no tiene nada que ver con su proceder, que es lo que finalmente se cuestiona. Como tampoco tiene nada que ver alegar que una investigación a su persona puede provocar que estos posibles inocentes regresen a prisión. No es muy gallardo esconder responsabilidades propias esgrimiendo ese argumento (y sabe perfectamente que eso no sucedería). Y esa remota posibilidad tampoco cambia que fue juez y parte en el caso. De la Jara afirma que no fue funcionario público cuando tuvo ese cargo porque no estaba comprendido según la Ley 28175. Un momentito: la Convención Interamericana contra la Corrupción, firmada por nuestro país y que tiene rango superior a una ley local, refiere que “se entiende por función pública, toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos”. Y “(es) ‘Funcionario Público’, ‘Oficial Gubernamental´o ‘Servidor Público’, cualquier funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, o en todos sus niveles jerárquicos”. Asimismo, el Código Penal le es adverso a este caballero, pues en su artículo 425 reza: “Se consideran funcionarios o servidores públicos: (…) 3). Todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral o contractual de cualquier naturaleza con entidades u organismos del Estado y que en virtud de ellos ejerce funciones en dichas entidades u organismos”. ¿Clarísimo o no? ¿No era su posición y de las ONG que debemos respetar los tratados internacionales, como los de San José, que tanto les gustan? Perú ratificó este acuerdo a finales de los 90, y este caballero entró a la Comisión de Indultos el 2001, así que de sobra lo alcanza en sus efectos. Y el Código Penal también es clarísimo: sí sería funcionario público para efectos penales. Con esto, De la Jara está en problemas, porque su situación se agravaría penalmente con los posibles cargos de Tráfico de Influencias (de 4 a 8 años) y Patrocinio Ilegal (2 años) al ser considerado funcionario público. Lamentablemente, no quiere entender que es malo ser juez y parte y por eso llega a escribir lo siguiente: “Hubiera sido absurdo que se nos convocara, y que aceptáramos, si nuestra participación en la Comisión hubiera exigido nuestra renuncia a abogar por nuestros casos (…)” (revista Ideele N°185, pág. 24). Es que allí está el problema: no era “absurdo”. Era lo lógico para no menoscabar la ética y la imparcialidad. Y en un encomiable ejercicio de honestidad, agrega –tras alegar que quien indultaba efectivamente era Paniagua y no él–: “Ahora, reconocemos que nuestras recomendaciones como miembros de la Comisión podían y debían tener un peso muy importante para el presidente de la República”. Esta hidalga confesión refuerza la impresión de que como funcionario público, al ser parte de la Comisión, terminó siendo un engranaje indispensable para la liberación de quienes defendía como abogado. ¡Eso es lo cuestionable! Finalmente, sorprende la reacción destemplada de este señor. Así como él ha acusado a mucha gente, pues que acuda caballero nomás a explicar ante el PJ estos cuestionamientos si ahora le toca ser acusado. Menos chilla, menos teatro, menos lloriqueos y menos amenazas, que aquí “asustamos al miedo”, como dicen los españoles. No tiene corona ni está por encima de la ley sólo por defender los Derechos Humanos, así que la fiscal Fresia Junchaya hace muy bien en sopesar si lo acusa. Ojalá no se chupe. Y no sé por qué se altera tanto si sabe que no le va a pasar nada. Tiene muchos simpatizantes en el PJ, además que –como hemos percibido– muchos le temen allí. Es que el IDL es una maquinita, con bastante dinero disponible (US$3 millones anuales o US$250 mil mensuales), muchos incondicionales aliados mediáticos (¡hasta fujicaviares!) y políticos, muchas ONG y universidades cercanas, una cadena de radio, un programa en el canal de cable caviar, una revista y un montón de abogados. ¡Intocable!.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

I will not approve on it. I over warm-hearted post. Especially the designation attracted me to study the unscathed story.

Anónimo dijo...

Genial post and this post helped me alot in my college assignement. Thanks you for your information.